domingo, 6 de mayo de 2012

Disp. Nº 02/2006 Publicacion de EDICTOS ( plazo de antelación y días de publicacion)


POSADAS, 19 de Enero de 2006.-

DISPOSICIÓN Nº 002.-

                                                                          VISTO: La necesidad de modificar la forma de convocatoria de las Asambleas Generales que realizan la Asociaciones Civiles; y
CONSIDERANDO:
                                                                     QUE, a los efectos de asegurar la efectiva notificación de la convocatoria a dichas asambleas por parte de los socios de las Asociaciones Civiles, lo que se podrá lograr a través de la publicación por edictos en un diario de circulación en la Provincia asegurando de ésta manera que se respete el derecho de participación de los integrantes de las Asociaciones Civiles;
                                                                    QUE, el Decreto Nº 1820/74 reglamentario de la Ley Nº 645/72, otorga al Director de Personas Jurídicas de exigir modificaciones a los estatutos cuando sean necesarias por razones de interés público para ajustarlos a las normas legales y reglamentarias en vigor;
                                                                     QUE, es de interés público salvaguardar el derecho de participación de los señores socios en las asambleas de las asociaciones que integran correspondiendo el derecho a ser notificados de modo fehaciente de la celebración de las mismas;
POR ELLO:
    El director de personas jurídicas de la provincia de misiones
                                                                  DISPONE:
ARTICULO 1º.- ESTABLECESE que a partir de la fecha de publicación de la                            presente, la convocatoria a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias en las Asociaciones Civiles se realizarán por medio de publicaciones a realizarse en un diario de circulación en la Provincia por dos días consecutivos y con una anticipación no menor a 15 días de la fecha de realización de las mismas.-
ARTICULO 2º.- ESTABLECESE la modificación de los estatutos de las Asociaciones                            Civiles a los fines de adecuarlos a lo establecido en el artículo anterior dentro de un plazo de 90 días de haber sido notificados de la misma.-
ARTICULO 3º.- REGISTRESE, notifíquese, publíquese en el boletín oficial.                              Cumplido, ARCHIVESE.-

1 comentario:

  1. muy buneos dias necesito que me envien un modelo de edicto con el nuevo formato y protocolo por covid, muchas gracias

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